Home PSOE El PSOE reclama la puesta en marcha de convenios de cooperación y solidaridad para el traslado de menores migrantes acogidos en Canarias a otras comunidades autónomas hasta que se modifica la Ley de Extranjería

El PSOE reclama la puesta en marcha de convenios de cooperación y solidaridad para el traslado de menores migrantes acogidos en Canarias a otras comunidades autónomas hasta que se modifica la Ley de Extranjería

La propuesta incluye la actualización de los gastos derivados de las actuaciones para la atención inmediata y acogida de estos menores migrantes no acompañados trasladados

by Aridani

El Grupo Parlamentario Socialista presenta para este próximo Pleno de la Cámara regional una Proposición No de Ley (PNL) para garantizar el traslado de menores migrantes no acompañados acogidos en Canarias a otras comunidades autónomas mientras se modifica la Ley de Extranjería, a través de distintos convenios de cooperación y solidaridad.

 

La propuesta, defendida por el portavoz del Grupo Socialista, Sebastián Franquis, pretende promover convenios de solidaridad y cooperación entre la Comunidad Autónoma de Canarias y el resto de las comunidades autónomas para el traslado niños, niñas y adolescentes no acompañados acogidos en Canarias, en tanto en cuanto no se modifique el marco competencial previsto en la Ley de Extranjería.

 

La iniciativa incluye que se inste al Gobierno de España a actualizar “si fuera necesario” en la Conferencia Sectorial e Infancia y Adolescencia, los gastos derivados de las actuaciones destinadas a la atención inmediata y la acogida de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados (NNMA) trasladados, así como todas las actuaciones de información, orientación y apoyo psicosocial, incluida su escolarización, la inserción socio laboral y la inclusión social, bien en acogimiento residencial o en acogimiento familiar.

 

Desde el Grupo Socialista alertan que el incremento de la llegada de niños, niñas y adolescentes migrantes sin referente familiar que son acogidos por las entidades públicas de Protección a la Infancia de la Comunidad Autónoma, está produciendo un desbordamiento de la capacidad de acogida y atención a la infancia en situación de vulnerabilidad, multiplicando las dificultades para que el sistema de protección a la infancia pueda ofrecer una respuesta adecuada y coordinada basada en el interés superior de las personas menores de edad.

 

En este sentido, recuerdan que, para dar respuesta a las diferentes contingencias migratorias que se produzcan, se aprobó el modelo de gestión de contingencias migratorias por acuerdo de la Conferencia Sectorial de la Infancia y la Adolescencia que prevé la activación de un Plan de Respuesta ante contingencias migratorias, que determine las necesidades de traslados entre Comunidades Autónomas.

 

En concreto, el protocolo tiene por objeto coordinar las actuaciones de las administraciones con competencia en protección de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados afectados por la contingencia migratoria que sean trasladados desde el territorio de una comunidad o ciudad autónoma a otra, de acuerdo con el Plan de Respuesta aprobado por Acuerdo de la Conferencia Sectorial de la Infancia y la Adolescencia.

 

Para tal finalidad, el acuerdo incluye que ambas administraciones se comprometen mutuamente a llevar a cabo todas las actuaciones administrativas y, en su caso, ante los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal, para la asunción por parte de la Comunidad Autónoma de destino, como entidad pública competente en protección de menores, la tutela de dichos niños, niñas y adolescentes.

 

El circuito de atención a niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados está regulado íntegramente por la legislación en materia de extranjería, en particular, por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y por el Reglamento aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, así como por la Resolución de 13 de octubre de 2014, por la que se publica el acuerdo por la aprobación del Protocolo marco sobre determinadas actuaciones en referencia a los menores extranjeros no acompañados.

 

Para la ejecución eficaz de las actuaciones recogidas en el protocolo y su posterior seguimiento, se determinó la constitución de una Comisión de Seguimiento conformada por las dos entidades públicas de Protección de la Infancias intervinientes en el traslado.

 

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su Artículo 140, un conjunto de principios que han de regir las relaciones entre las diferentes Administraciones Públicas, como establecer el deber de colaboración entendido como el deber de actuar con el resto de las Administraciones Públicas para el logro de fines comunes, eficiencia en la gestión de los recursos públicos, garantía e igualdad en el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos en sus relaciones con las diferentes Administraciones y solidaridad interterritorial de acuerdo con la Constitución.

 

Por otra parte, el Artículo 141, en cuanto al principio de colaboración, establece como contenido esencial, prestar en el ámbito propio, la asistencia que las otras Administraciones pudieran solicitar para el eficaz ejercicio de sus competencias.

 

Por último, el Artículo 143 establece que la cooperación entre Administraciones Públicas requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.

 

“Tal y como han advertido los y las responsables del Gobierno de Canarias, las islas se encuentran en una situación de desbordamiento de la capacidad de acogida y de atención a la infancia en situación de vulnerabilidad, y existen múltiples dificultades que el sistema de protección a la infancia está teniendo para dar una respuesta adecuada y coordinada basada en el interés superior de las personas menores de edad”, añaden.

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