La tasa que ahora decae respondía a una obligación establecida por la Ley estatal 7/2022 y estaba apoyada en un informe técnico-económico que realizó un cálculo del coste real y previsible del servicio y estimó la generación de residuos a partir de datos municipales
Las Palmas de Gran Canaria, 16 de julio de 2026. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha decidido acatar la sentencia de la Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) relativa a la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos de competencia municipal y no presentará recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Así lo ha anunciado este jueves la alcaldesa de Las Palmas de Gran Canaria, Carolina Darias, durante una rueda de prensa junto a la coordinadora general de Hacienda, Contratación y Patrimonio, Dunnia Rodríguez, y la titular del Órgano de Gestión Tributaria, Guadalupe Betancor, en la que ha explicado la decisión adoptada por el gobierno municipal, la cual será elevada al próximo Pleno, tras analizar el contenido de la resolución judicial y las distintas alternativas existentes.
La alcaldesa ha señalado que el Ayuntamiento ha optado por no recurrir la sentencia tras valorar las diferentes opciones y atendiendo al interés general de la ciudadanía.
Nueva ordenanza y devolución de los importes abonados
Como consecuencia de la decisión de no recurrir la sentencia, decae la ordenanza aprobada por el Pleno el 4 de abril de 2025 y recupera su vigencia la anterior, que había quedado derogada con la entrada en vigor de la nueva regulación.
Al mismo tiempo, el Consistorio iniciará un nuevo procedimiento para aprobar una ordenanza reguladora de la tasa de residuos con una motivación técnica reforzada.
Igualmente, el Ayuntamiento procederá a la devolución de los importes abonados por las personas contribuyentes que ya hubieran efectuado el pago de la tasa.
Hasta la fecha se habían aprobado 169.105 liquidaciones correspondientes a viviendas residenciales y viviendas vacacionales. De ellas, se habían practicado 16.857 notificaciones y se habían abonado 35.002 liquidaciones.
Por este motivo, el gobierno municipal ha dado instrucciones para paralizar la emisión de nuevas notificaciones mientras se desarrollan las actuaciones administrativas derivadas de la sentencia.
Además, el Ayuntamiento pondrá en marcha el procedimiento para devolver las cantidades ya abonadas, una actuación que requerirá la correspondiente tramitación administrativa debido a su complejidad y al elevado volumen de expedientes.
Para facilitar este proceso, el Consistorio habilitará un modelo normalizado de recurso dirigido a aquellas personas contribuyentes que todavía se encuentren dentro del plazo para recurrir sus liquidaciones. Este documento estará disponible en la Oficina Virtual Tributaria, en la página web municipal, en las oficinas de atención a la ciudadanía y en las concejalías de distrito.
En el caso de quienes ya no dispongan de plazo para presentar recurso, el Ayuntamiento iniciará un procedimiento de revisión de oficio que permitirá efectuar la devolución de las cantidades satisfechas.
Respecto a las personas contribuyentes que tuvieran concedido un fraccionamiento del pago, el Ayuntamiento suspenderá de forma inmediata su cobro, de modo que no se emitirán nuevos cargos y se devolverán las cuotas que, en su caso, ya hubieran sido abonadas.
En cualquiera de los supuestos, el Ayuntamiento buscará siempre la vía que facilite los trámites a realizar por parte de la ciudadanía. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria reafirma así su compromiso con la seguridad jurídica, la transparencia y la protección de los derechos de las personas contribuyentes, al tiempo que continuará trabajando para adaptar la regulación municipal al marco legal vigente.
Una tasa derivada de una obligación legal
La ordenanza reguladora de la tasa fue aprobada en cumplimiento de la Ley estatal 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que obliga a todas las entidades locales del país a disponer de una tasa específica, diferenciada y no deficitaria que refleje el coste real del servicio y avance hacia sistemas de pago por generación.
Se trata de una tasa de elaboración compleja que engloba la recogida, el transporte y el tratamiento de residuos, así como el mantenimiento de infraestructuras, contenedores y vehículos, además de los costes de personal y de gestión asociados. Para ello, el Ayuntamiento diseñó un sistema que combinaba una cuota básica destinada a cubrir los costes estructurales del servicio con una cuota variable vinculada a la generación estimada de residuos, incorporando bonificaciones por capacidad económica y otras orientadas a fomentar comportamientos responsables en materia de residuos.
El informe técnico-económico que sustentó la ordenanza realizó un cálculo del coste real y previsible del servicio a partir de datos municipales concretos e incorporó estudios externos como apoyo técnico en un ámbito en el que no existen parámetros únicos de referencia.

